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A partir de julio de 2025, se empezarán a imponer sanciones por ingresar de forma incorrecta a la Zona de Bajas Emisiones de Málaga (ZEB).
Este verano comenzará a aplicarse la ordenanza que regula su funcionamiento, pero durante el primer año no tendrá consecuencias para los conductores, según ha confirmado este viernes la concejala de Movilidad, Trinidad Hernández.
La Junta de Gobierno Local ya aprobó de manera inicial la ordenanza de Movilidad Sostenible. Aún falta que pase por la Comisión de Urbanismo y Movilidad, el pleno y una última etapa de información pública. En julio, es posible que sea publicada en el Boletín Oficial de la Provincia.
Los datos del vehículo se transmiten en tiempo real gracias al cruce tecnológico con la plataforma 3.0 de la DGT, lo cual permite conocer la procedencia y el lugar de pago del impuesto.
En Málaga, se están llevando a cabo pruebas y recopilando información, habiéndose extendido el contrato tecnológico debido a la escasez de suministros de cámaras y lectores. En total, hay 53 puntos de control y 97 cámaras.
No es necesario disponer de distintivo en el automóvil. Los conductores interesados en conocer la clasificación pueden consultarla en la página web de la DGT de forma inmediata y gratuita.
En la primera año podrán transitar por la ZBE los automóviles, todos los coches y motocicletas, con o sin etiqueta. La situación avanza en el segundo año, cuando se limitan aquellos que no posean etiqueta y estén registrados fuera de la ciudad de Málaga. Y a partir del tercer año no podrán ingresar los vehículos tipo B sin etiqueta de otros municipios.
De esta manera, los coches Cero, Eco y C tienen la posibilidad, sin importar su procedencia, de circular los primeros años. Y lo mismo ocurre con los vehículos de Málaga.
La normativa establece un plazo de dos años para que los residentes regularicen su situación. Si los vehículos más antiguos que cuentan con este beneficio se venden, perderán dicho privilegio. Es decir, podrán ser comercializados sin dificultad, pero el nuevo propietario no podrá acceder a la ZBE con ellos.
Asimismo, se autorizará la circulación en la ZBE del transporte público regular de pasajeros; automóviles de alquiler con conductor y taxis; vehículos antiguos y camiones.
Si hablamos de las vans, podrán transitar sin restricciones durante los primeros cuatro años las categorías Cero, Eco, C, B y las sin etiqueta ambiental. Luego del quinto año, se permitirá la circulación de las que tienen domicilio en Málaga y se prohibirá la entrada a las que vengan de otras localidades y no posean el sello correspondiente.
Del mismo modo, tendrán entrada previa notificación y verificación las atenciones médicas, los automóviles policiales y militares, los servicios del ayuntamiento, los privados con requerimientos específicos (servicios funerarios, destapes, seguridad privada...)
Acceder de forma indebida a las ZBE conllevará sanciones de 200 euros, similares a las impuestas por circular sin autorización en el Centro Histórico, Soho o Álamos-Carretería. En el pasado año, de hecho, se registraron 29.008 accesos inadecuados que fueron multados.
La simplificación de la aún existente ordenanza, que data de 2006, es muy significativa según la nueva normativa. Y se estructura en 51 apartados, en los cuales se refuerza el Reglamento de la DGT vigente desde 2021 que establece los límites de velocidad en la ciudad a 30 kilómetros por hora de manera general (previamente era 50).
Esto se aplicará siempre y cuando haya un carril en cada dirección, lo cual abarca el 80% de la red de Málaga. En calles con un solo carril y aceras al mismo nivel que la vía (como Álamos), los peatones tienen prioridad y el límite de velocidad se reduce a 20. En vías con dos o más carriles por cada dirección, se mantienen los 50.
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