La “extinción” de la Fundación Francisco Franco

Ernest Urtasun: En cumplimiento de la Ley de Memoria Democrática y en el marco de las funciones del Protectorado de Fundaciones de competencia estatal

Actualidad 20/06/2024 Redacción Redacción
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Web de la de la Fundación Francisco Franco

El ministro de Cultura, Ernest Urtasun, ha firmado el acuerdo por el que se inicia un “periodo de actuaciones previas” con el objetivo de “obtener la información y elementos de juicio” que fundamenten el “inicio del procedimiento para instar judicialmente la extinción” de la Fundación Nacional Francisco Franco.

Según informó Cultura, Urtasun ha tomado esta decisión “en cumplimiento de la Ley de Memoria Democrática y en el marco de las funciones del Protectorado de Fundaciones de competencia estatal”.

Cabe recordar que la Ley de Memoria Democrática establece en su disposición adicional quinta que “al amparo de lo dispuesto en el artículo 31.f) de la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, concurrirá causa de extinción cuando las fundaciones no persigan fines de interés general o realicen actividades contrarias al mismo”.

A lo anterior añade que “a estos efectos, se considera contraria al interés general la apología del franquismo que ensalce el golpe de Estado y la dictadura o enaltezca a sus dirigentes, con menosprecio y humillación de la dignidad de las víctimas del golpe de Estado, de la guerra o del franquismo, o incitación directa o indirecta al odio o violencia contras las mismas por sus condiciones de tales”.

Cultura explicó que en estos casos, según la referida norma, “corresponde al Protectorado de Fundaciones instar judicialmente la extinción de la fundación por concurrencia de esta causa”.

El departamento que dirige Urtasun subrayó que el procedimiento para la “extinción” de la Fundación Francisco Franco se desarrollaría en tres fases: la primera consiste en el inicio de actuaciones previas que ahora comienza, consistente en la petición de informes a la Secretaría de Estado de Memoria Democrática y al Registro de Fundaciones de competencia estatal; la segunda será la apertura del procedimiento, que comenzaría con la comunicación del expediente a la Fundación Francisco Franco y la apertura del periodo de alegaciones; y la tercera comprendería la petición de un informe a la Abogacía General del Estado, a partir del que Cultura elaboraría una resolución para instar judicialmente la extinción.

Por último, Cultura puso de manifiesto que “la resolución del procedimiento será decisión de los jueces”.

(SERVIMEDIA)

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